La ya varias veces mencionada “libertad de examen y de conciencia”, señalada como uno de los distintivos y patrimonios irrenunciables del protestantismo, se guía por criterios muy específicos identificados en la Biblia para determinar si las acciones que son lícitas para el creyente, debido a que no están prohibidas ni reglamentadas por las Escrituras ni por las leyes humanas, deben realizarse en último término, atendiendo a su conveniencia para nuestro caso y circunstancias particulares. Y esta conveniencia se establece analizando si la acción en cuestión está o no llegando a ejercer algún dominio compulsivo sobre nuestra voluntad, pues en el caso de que así sea ya no es una acción conveniente. Pero adicionalmente, estas acciones deben traer alguna clase de provecho o beneficio evidente para nuestras vidas y las de quienes nos rodean, aportando valores agregados a la construcción de un carácter aprobado por Dios en el creyente, que se refleje y traduzca también en beneficios para la sociedad de la que forma parte en cuanto al establecimiento de la justicia y el mejoramiento de las condiciones de vida que esta sociedad está en condiciones de brindar. De no ser así tal vez no vale la pena ni el esfuerzo ni el tiempo invertido en ellas, puesto que al final: “«Todo está permitido», pero no todo es provechoso. «Todo está permitido», pero no todo es constructivo” (1 Corintios 10:23). El cristiano debe, entonces, trabajar para que todo lo que hace sea en algún sentido provechoso y constructivo, ya sea para ayudar a moldear su carácter o para aportar algún beneficio a quienes lo rodean
Provechoso y constructivo
“El cristiano no se limita a hacer lo que está permitido, sino que evalúa también si es provechoso y realmente constructivo”
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