Los defectos físicos son por regla general algo de lo que no somos responsables, en caso de tener que sufrirlos, pues cuando no son algo congénito, suelen ser el producto de accidentes o enfermedades y no de decisiones deliberadas e intencionales por parte de la persona. Como tales no son, pues, algo de lo que tengamos que sentirnos culpables. Sin embargo, por su utilidad visual para ilustrar y simbolizar las imperfecciones asociadas al pecado por contraste y distancia con las perfecciones de la santidad de Dios, un defecto físico inhabilitaba a un sacerdote para oficiar en el ritual sacrificial y ceremonial del santuario de Dios en Israel, del mismo modo en que un animal de una especie considerada pura y apta para los sacrificios no podía destinarse, sin embargo, a estos propósitos si tenía algún defecto físico: “El Señor le ordenó a Moisés que le dijera a Aarón: «Ninguno de tus descendientes que tenga defecto físico deberá acercarse jamás a su Dios para presentarle la ofrenda de pan” (Levítico 21:16-17). Los defectos físicos se unen así a las enfermedades de la piel y a las secreciones genitales asociadas a la reproducción, como el semen y la menstruación, para transmitir de una manera muy gráfica y evidente para todos, la idea de la santidad y perfección de Dios y de la distancia e inaccesibilidad que ella guarda con las imperfecciones y pecaminosidad humana. Con todo, una vez cumplido este propósito en el Antiguo Testamento, en el Nuevo Testamento todo esto queda sin efecto en virtud de las nuevas y muy favorables condiciones establecidas por Cristo para el acceso a Dios
Los defectos físicos
"Las restricciones en la ley hacia quienes padecían defectos físicos cumplían un papel gráfico ilustrativo que pierde vigencia literal en el evangelio”
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